PRELIMINAR. PARTES. 1-
Personas físicas: nombres y apellido, documento de identidad, domicilio y CUIT del LOCADOR
o propietario y nombres y apellidos paterno y materno, documento de identidad (adjuntar
su fotocopia al contrato), domicilio real, CUIT, profesión, cuentas
bancarias, referencias comerciales y todo otro dato de interés de la parte
locataria o inquilina (todo de cada persona física firmante).
2-
Personas jurídicas: tipo de sociedad, domicilio, CUIT y fotocopia con firma
original del (constancia de la AFIP), lugar y fecha y demás detalles de
constitución e inscripción, datos de la persona física que actúa en su
representación (adjuntar fotocopia del contrato o estatuto y del mandato
representativo —poder— de ejercerse). 3- En casos de persona jurídica
locataria, que sea una sociedad civil o comercial, convendrá que los socios
firmen a título personal como garantes «extras» de la sociedad y solidariamente
con el fiador, insertando cada uno en forma manuscrita «en representación de
—nombre de la sociedad— y a título personal como fiador solidario».
I- FINCA LOCADA 1- unidad, local o departamento,
piso, dirección .............. 2- mal, regular, buen, muy
buen, excelente.
II- PLAZO. 1- dos (2) años o
veinticuatro (24) meses o más en letras y números (1) 2- el alquiler
«extra plazo» triplicará el monto del ordinario mensual (consignar en letras
y números).
III- OBJETO LOCATIVO. 1- bufete de abogados, comercio
del ramo ..., consultorio psiquiátrico, depósito de golosinas, garaje para dos
automóviles, industria de calzados, oficina administrativa, etc. 3-
“Cláusula penal” (art. 790 y ss., CCyC) equivalente al triple del
alquiler mensual.
IV- ALQUILER. 1- en letras y cifras; 1º al
5º, etc.; lugar de pago (calle, Nº, departamento, etc.); de 10 a 16,
etc. 2- mínimo 10.
V- AVERÍAS, MEJORAS. 3- El LOCATARIO podría negarse a reintegrar el
inmueble ejerciendo del derecho de retención por mejoras u otras acreencias
como especialmente le reconoce el art. 1226 del CCyC.
VI- INVENTARIO Y TASACIÓN. 1- ........................................................................
2- En
las nominaciones en US$ se contemplará el equivalente en pesos al tipo de
cambio “oficial” (art. 765 CCyC).
VII- OTRAS OBLIGACIONES DEL
LOCATARIO. Impuestos..........
VIII- TELEFONÍA.................................................................
IX- LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD. ...................................................
X- INSPECCIONES. Horario.........
XI- INCUMPLIMIENTOS Y
DEMORAS........ El lapso mínimo permitido para capitalizar
intereses es semestral (art. 770 CCyC).
XII- GARANTÍAS.
A) DEPÓSITO DE SUMA
DINERARIA. 1-
Insertar la suma dineraria en letras y números, tratándose de una locación
comercial, no rige prohibición alguna sobre la cantidad de meses a exigir en
depósito (en viviendas está limitado a un mes por año de contrato).
B) FIADOR. 1- a)datos del fiador......... b) ubicación, nomenclatura catastral, matrícula en el Registro
de la Propiedad Inmueble, valuación fiscal y de mercado (declarada),
restricciones y/o límites al dominio. 2- Anexo I, II, etc.
XIII- ABANDONO Y LLAVES. Se trata de alejar la posibilidad de que el LOCATARIO
pueda alegar incausadamente que reintegro las llaves de la finca.
XIV- ORALIDAD. 1- Aunque el nuevo CCyC (art. 1188)
sólo otorga eficacia a algunos actos locativos escritos (contratos, prórrogas
y modificaciones), hay otros
actos innominados que pueden pactarse durante la relación y a ellos engloba
esta cláusula.
XV- REAJUSTES EN SUSPENSO. Esta cláusula se prevé para
cuando se derogue la ley 23.928 ref. por la 25.561, que prohíbe los reajustes.
XVI- RESOLUCIÓN ANTICIPADA. 1- Establece el artículo 1221 del Código Civil y
Comercial que el LOCATARIO tiene la facultad de “resolución anticipada” y podrá
ejercerla luego de transcurridos los primeros 6 meses del plazo, en cualquier
momento y sin término mínimo de prenotificación alguno o sea no rige el preaviso
de 60 días . 2- Esta norma por ser de orden público
no puede suplida por la voluntad de las partes, las que sólo pueden mejorar los
beneficios del LOCATARIO a quien en este caso protege.
XVII-
SELLADO O TIMBRADO FISCAL. 1- Ambas partes por mitades; ambas partes en porciones
desiguales; el LOCATARIO; el LOCADOR; etc. 2- Consignar el monto en
pesos (alquiler mensual por cantidad de meses de contrato).
XVIII- DOMICILIOS. a) Domicilio real o
profesional; b) La UNIDAD LOCADA; c) La UNIDAD LOCADA o su
domicilio real (donde vive o tiene el asiento de sus negocios).
XIX- COMPETENCIA JUDICIAL. 1- Comerciales (si alguna
parte es comerciante) de lo contrario Civiles. 2- Ciudad........., departamento judicial-........
XX- FIRMAS E INSTRUMENTACIÓN. 1) Se firmará un
juego de ejemplares (contrato y anexos) para cada parte interviniente y
podrán signarse más, si por cada parte actuaran varias personas (condominio
de la propiedad o pluralidad de locatarios que actúen en conjunto o
indistintamente), también se podrán suscribir más ejemplares para sellar o
timbrar en original y hacerlo constar en las copias ‑pedir siempre la
aclaración manuscrita de su firma a cada quien que suscriba el contrato‑. 2)
Consignar la cifra en letras y números. 3) Insertar en
números cuántos ejemplares recibe cada parte.
XXI- LUGAR Y FECHA. Localidad..............................., día, mes y año.......................................................
(1) - (2 años plazo mínimo legal obligatorio —art. 1198 CCyC— y máximo 50 años —art. 1197 CCyC—).
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